La Sala II de la Exma. Cámara Federal de La Plata, ordenó como medida cautelar que el Instituto de Previsión Social (IPS) se abstenga de efectuar o admitir descuentos o retenciones en concepto del Impuesto a las Ganancias en el haber previsional del actor (autos: “B., L. O. c/ AFIP S/ ACCIÓN MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD” del 27 de noviembre de 2019). La AFIP interpuso Recurso Extraordinario, el que fue rechazado, confirmando la pretensión cautelar.
Para así decidir tuvo en cuenta la edad del actor, su enfermedad probada en el expediente y el antecedente de la Corte Suprema de Justicia (“García, María Isabel c/ AFIP s/acción meramente declarativa de inconstitucionalidad”, fallo del 26/03/2019)
El CORONA VIRUS ataca con mayor crudeza a la población de edad avanzada, lo que demuestra que es el más vulnerable frente a la pandemia que el resto de la población.
Por lo tanto, se encontraría aún más justificada, la obtención de medidas cautelares judiciales para las personas mayores jubiladas que le retienen el Impuesto a las Ganancias de sus haberes.